Judicial
Involucrado en 19 asesinatos y solo pagará 22 años de cárcel
Integrante de las disidencias de las FARC involucrado en los asesinatos de 19 personas en Valle del Cauca fue condenado.
Entre los crímenes que se le atribuyen se encuentran tres homicidios colectivos en los que murieron 14 personas.
Las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que Jair Valencia Solís, integrante de la estructura Jaime Martínez de las disidencias de las FARC, aceptara mediante preacuerdo su responsabilidad en el crimen de, al menos, 19 personas, en zonas rurales de Jamundí, Restrepo y Dagua (Valle del Cauca).
En ese sentido, fue sentenciado a 22 años y 2 meses de prisión por los delitos de homicidio agravado, homicidio agravado en grado de tentativa, desaparición forzada; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos.
La investigación determinó que Valencia Solís, participó en la ejecución de tres homicidios colectivos, ocurridos entre 2020 y 2021 en los corregimientos La Meseta y Villacolombia de Jamundí y Restrepo, en los que fueron asesinadas 14 personas, entre ellas un menor de edad.
Igualmente, se le atribuyó la desaparición forzada y muerte de dos personas.
Una de las víctimas era un integrante del Ejército Nacional que fue secuestrado, asesinado y posteriormente ocultaron su cuerpo en una fosa ubicada en la vereda El Placer, en Dagua (Valle del Cauca), en hechos ocurridos el 23 de agosto de 2021.
En el mismo sentido, fue declarado responsable del homicidio de dos personas dedicadas a la minería el 15 de marzo de 2021.
Así como el asesinato de un ciudadano extranjero ocurrido el 29 de junio de 2020. Los dos hechos ocurrieron en zona rural de Jamundí.
El juez avaló la negociación judicial y ordenó que Valencia Solís cumpla la sentencia en centro penitenciario, sin ningún tipo de beneficio.
Judicial
Descubierto taxista que ofrecía servicio de datáfono para presuntamente hacer ‘cambiazo’ de tarjetas bancarias
Es señalado de apropiarse mediante engaño de los productos financieros de, por lo menos, 35 víctimas para realizar retiros y transferencias de dinero.
La Fiscalía General de la Nación identificó el presunto actuar delictivo de Juan Carlos Naranjo Becerra, un taxista de Bogotá señalado de ofrecer el servicio de datáfono para supuestamente brindarles facilidades de pago a los usuarios, pero que en realidad buscaba confundir a las personas para cambiarles las tarjetas bancarias por plásticos inservibles, conocido como la modalidad de ‘cambiazo’.
Las evidencias y las denuncias recibidas en el curso de la investigación de, por lo menos, 35 víctimas dan cuenta de que el transportador manipulaba el dispositivo para demorar la transacción y ante cualquier descuido del pasajero se quedaba con el producto financiero original y les devolvía una réplica.
Con la tarjeta en su poder, la clave y los datos del propietario presuntamente se dirigía a cajeros electrónicos y realizaba retiros de dinero. De esta manera se habría apropiado de más de 379 millones de pesos. Naranjo Becerra fue capturado en una diligencia de registro y allanamiento realizada en la localidad de Suba, en el noroccidente de Bogotá.
En el procedimiento fueron incautados 2 datáfonos, 2 teléfonos celulares, dinero en efectivo y 34 tarjetas débito y crédito. En el momento de su detención le fueron encontradas en sus prendas de vestir dos credenciales más pertenecientes a otras personas.
Por todo lo anterior, una fiscal de la Unidad de Hurtos de la Seccional Bogotá le imputó los delitos de hurto por medios informáticos y violación de datos personales.
El procesado no aceptó los cargos y un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
Judicial
Red delictiva señalada de hurtar vehículos embargados para comercializarlos quedó en evidencia en la costa atlántica
Sus integrantes habrían constituido sociedades comerciales para montar parqueaderos y recibir automotores afectados judicialmente, sin tener la autorización para prestar ese servicio. De esta manera presuntamente se apoderaron de, por lo menos, 13 carros. Sincelejo (Sucre), 19 de febrero de 2025.
Las actividades investigativas adelantadas por la Fiscalía General de la Nación pusieron en evidencia a una red delincuencial señalada de hurtar vehículos embargados en medio de procesos civiles para posteriormente comercializarlos a terceros interesados en diferentes municipios de Sucre y Cesar.
Los elementos materiales probatorios dan cuenta de que los integrantes de esta estructura ilegal se habrían articulado para constituir sociedades comerciales y abrir dos parqueaderos en Sincelejo, que les sirvieron para recibir automotores inmovilizados y afectados en procesos judiciales, cuando en realidad no tenían autorización para prestar este servicio.
Una vez tenían los bienes en su control presuntamente se apoderaban de estos y los vendían a ciudadanos que los adquirían de buena fe y desconocían su origen. De esta manera, al parecer, se apropiaron y sacaron provecho económico sobre 13 vehículos.
En una primera fase investigativa fueron capturados cuatro particulares, en una acción conjunta del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con la Dirección de Tránsito y Transportes de la Policía Nacional. Se trata de William Enrique Hernández Surmay, José de Jesús Pérez Martínez, Erwin David Lamadrid Méndez y Tony Alfonso Gutiérrez Arias.
Por su parte, Carlos Enrique Campo Salina se presentó de manera voluntaria ante las autoridades. Estas personas fueron presentadas ante un juez penal de control de garantías y un fiscal de la Seccional Sucre les imputó los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado agravado.
Tres de los procesados aceptaron cargos y todos deberán cumplir medida de aseguramiento domiciliaria.
Judicial
El tiempo no perdona
Condenados exintegrantes del bloque oriental de la extintas FARC EP por secuestros, homicidios, desplazamientos y otros hechos criminales perpetrados entre 1995 y 2005
Los sentenciados son cabecillas y guerrilleros rasos que se postularon a la Ley de Justicia y Paz.
Luego de valorar los argumentos y pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá condenó a cinco exintegrantes del Bloque Oriental de las extintas Farc EP, que tuvo injerencia en Arauca, Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés, Vichada y parte de Amazonas.
Se trata del excabecilla de una estructura armada, Efraín Quiñones Barreiro; el articulador principal de un componente financiero, César Díaz; un hombre que realizaba actividades de inteligencia, identificado como Ángel Melquisedec Alfaro Bonilla; y dos guerrilleros rasos, Daniel Zarate Velandia y Jhon Jairo Ramírez.
A estas personas se les atribuyen 44 hechos criminales ocurridos entre 1995 y 2005, los cuales dejaron 165 víctimas directas e indirectas de homicidio en persona protegida, desplazamiento forzado y toma de rehenes, entre otras conductas delictivas que fueron acreditadas por una fiscal de la Dirección de Justicia Transicional.
Entre los casos que motivaron la sentencia está el desplazamiento forzado del exalcalde de San Jacinto (Meta) y su familia en 2002; y el secuestro del exalcalde de Chiscas (Boyacá), el 17 de abril de 2002.
El entonces mandatario fue retenido por tres días en medio de cuestionamientos por desatender una instrucción del grupo armado ilegal que prohibió y ejerció presiones para que no se realizaran elecciones en el municipio.
De igual manera, está el secuestro de un agente de la Policía Nacional, durante una incursión violenta al casco urbano de El Espino (Boyacá), el 9 de junio de 1999.
El uniformado permaneció en cautiverio mientras las Farc EP acordaban un denominado intercambio de rehenes con el Gobierno Nacional, que se materializó en junio de 2001. L
a condena precisa que los cinco postulados deberán cumplir penas de 480 meses de prisión, multa de 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo periodo de la pena, con la alternativa que contempla la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz), y el compromiso de atender las obligaciones impuestas en el fallo.
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