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Condenados por trata de personas

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Condenados responsables de explotación sexual de jóvenes colombianas que eran entregadas a red criminal en Grecia.

Estas personas captaron a jóvenes en Medellín con falsas promesas de empleo, para que después fueran víctimas de esta red que opera en Europa.

Las pruebas obtenidas por la Fiscalía General de la Nación, permitieron que Juan David Ceballos Madrid y Paola Andrea Acevedo García, aceptaran mediante preacuerdo su responsabilidad en la explotación sexual de jóvenes colombianas en Grecia.

Un juez de conocimiento avaló la negociación judicial y los condenó a 6 años y 7 meses de prisión, por el delito de trata de personas.

Adicionalmente Ceballos Madrid fue sentenciado por los ilícitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes; y tráfico, fabricación y porte de armas de fuego.

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Las actividades investigativas desplegadas, establecieron que estas personas eran las encargadas de contactar a mujeres con dificultades económicas y en situación de vulnerabilidad en Medellín (Antioquia), y ofrecerles falsas ofertas laborales para trabajar en restaurantes y sitios públicos en este país europeo.

Al llegar a su destino, les quitaban los documentos personales, las retenían y les notificaban de una supuesta deuda que oscilaba entre 3.400 a 3.600 euros, por concepto de tiquetes, alojamiento y manutención.

Estos dineros debían pagarlos ejerciendo actividades sexuales.

La Fiscalía asoció las denuncias de nueve mujeres entre 2023 y 2024, que fueron contactadas por los hoy condenados y que mediante engaños se convirtieron en víctimas de esta red de explotación sexual.

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Cárcel para un corrupto más en Colombia

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Ottomar Lascarro Torres condenado a más de 12 años de prisión por su participación en el entramado de corrupción conocido como ‘centros poblados’

Con su intervención favoreció la conformación de la unión temporal a la que el MinTic le adjudicó un millonario contrato de conectividad rural. 

En atención a las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, una juez penal de conocimiento de Bogotá condenó a Ottomar José Lascarro Torres a 12 años y 9 meses de prisión por su participación en las irregularidades detectadas en el contrato 1043 de 2020, suscrito entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y la Unión Temporal Centros Poblados 2020 para llevar internet a más de 7.000 escuelas rurales del país.

El procesado fue declarado responsable de los delitos de enriquecimiento ilícito, fraude procesal y falsedad en documento privado. Además de la pena de prisión impuesta, deberá pagar una multa de 2.452 millones de pesos y cumplir una inhabilidad de 153 meses para ejercer derechos y funciones públicas. 

En el curso de la investigación dirigida por un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción se conoció que Lascarro Torres aportó los nombres, la experiencia y la información financiera de dos empresas de su propiedad para acreditar la capacidad técnica y la trayectoria exigidas en el proceso contractual y permitir la conformación de la ‘Unión Temporal Centros Poblados Colombia 2020’.

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De esta manera, se indujo en error a los funcionarios del MinTic que adjudicaron a la unión temporal constituida el contrato de conectividad, que ascendió en valor a más de un billón de pesos.

Por las actuaciones irregulares que permitieron a ‘Centros Poblados’ quedarse con el proyecto, el empresario recibió cerca de 250.000 dólares, recursos que fueron transferidos a una cuenta bancaria a su nombre en Estados Unidos.

La sentencia conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

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Judicial

Estaban cazando a este depravado

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Asegurado en centro carcelario hombre señalado de almacenar y difundir fotografías y videos de abusos sexuales a menores de edad.

El procesado habría compartido 66 archivos con contenido explícito desde su teléfono celular.

La Fiscalía General de la Nación obtuvo elementos materiales probatorios que dan cuenta de la posible responsabilidad de Cristian Gerardo García Martínez en la posesión, almacenamiento y difusión de fotografías y videos que registraban abusos sexuales a menores de edad.

Una alerta emitida por la Oficina de Investigaciones de Seguridad Nacional de Estados Unidos (HSI) evidenció que este hombre, entre el 28 de octubre y el 6 de noviembre de 2025, habría compartido desde su teléfono celular a una plataforma digital internacional 66 archivos con contenido explícito, que involucraban a niños, niñas y adolescentes.

Las labores investigativas permitieron conocer que García Martínez presuntamente acopió el material y lo envió desde Cartagena (Bolívar).

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En ese sentido, un fiscal de la Unidad Especial de Delitos contra Niños, Niñas y Adolescentes obtuvo orden de captura en su contra, la cual fue materializada por unidades de la Policía Nacional en un inmueble del barrio Nazareth, en Riohacha (La Guajira).

Durante el procedimiento fue incautado un dispositivo móvil. El detenido fue presentado ante un juez de control de garantías e imputado por el delito de pornografía con persona menor de 18 años. 

El procesado no aceptó el cargo y recibió medida en aseguramiento en centro carcelario.

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Cae dura condena contra alias “Julito” por masacre que estremeció a Barranquilla

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Un juez penal condenó a 60 años de prisión a Julio César de la Hoz Román, conocido como alias “Julito”, por su participación en el ataque armado que dejó seis personas muertas y tres más heridas en el barrio Las Flores, en Barranquilla.

La decisión se produjo tras valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que señaló al condenado como integrante de la estructura criminal conocida como “Los Costeños”.

De acuerdo con la investigación, alias “Julito” habría realizado labores de seguimiento y vigilancia para identificar a las víctimas y establecer la ruta de escape que usarían los atacantes antes de la incursión armada ocurrida el 12 de septiembre de 2022 en un establecimiento comercial del sector.

Las autoridades indicaron que, una vez recopilada la información, el hoy condenado llegó al lugar junto con hombres armados y participó en el ataque indiscriminado contra varias personas que se encontraban departiendo en el sitio.

La Fiscalía también estableció que la acción violenta habría sido ordenada por cabecillas de “Los Costeños” en medio de disputas criminales por el control de actividades ilícitas en distintos sectores de la ciudad.

Por estos hechos, Julio César de la Hoz Román fue hallado responsable de homicidio agravado, tentativa de homicidio agravado y porte ilegal de armas. La pena deberá cumplirla en centro carcelario.

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La sentencia es de primera instancia y aún puede ser apelada por la defensa.

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