Gobierno Nacional
El joropo será Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación

“Estoy con los folcloristas de Casanare, por eso el Joropo será patrimonio cultural inmaterial de la nación”, manifestó el Representante a la Cámara Hugo Archila.
Entiendo la preocupación de los folcloristas de Casanare, el Representante Hugo Archila manifestó su solidaridad y respaldo anunciando la aprobación en segundo debate del Proyecto de Ley que pretende declarar el Joropo como Patrimonio de la Nación y del cual es Autor.
“Hoy comparto la importante noticia sobre la aprobación en segundo debate de nuestro Proyecto de Ley por medio del cual ‘se declara patrimonio cultural inmaterial de la nación el baile del JOROPO llanero y su género musical (PL 265 de 2023 Cámara)’, con el objetivo que se proteja esta manifestación cultural y sea reconocida como expresión de la cultura llanera en Colombia’’ aseguró el Congresista liberal.
Como Autor de esta iniciativa y junto a los congresistas Germán Rozo, Karen Astrith Manrique, Lina María Garrido y el Senador José Vicente Carreño de Arauca, Edinson Vladimir Olaya de Casanare, Gabriel Ernesto Parrado Durán, Juan Diego Muñoz, William Ferney Aljure y Jaime Rodríguez del Meta, Archila pretende que se realicen todas las gestiones necesarias para que el Joropo llanero se incluya en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI) del ámbito nacional y se apruebe el Plan Especial de Salvaguardia (PES), ante el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes con el objetivo de asegurar espacios y recursos en beneficio de los gestores culturales de Casanare.
Dentro de las propuestas incluidas en el articulado, se encuentran las siguientes:
ART 2° Artículo 2°. El Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de las Culturas, Artes y Saberes apoyará y acompañará a las autoridades territoriales así como a los portadores y gestores de la manifestación de los departamentos de Arauca, Casanare, Meta, Vichada y Guaviare con el objetivo de favorecer la salvaguardia, la preservación, fomento, promoción, protección, divulgación, desarrollo y sostenibilidad del baile tradicional del joropo y su género musical, así como todos los valores culturales que se originan alrededor de sus expresiones folclóricas y artísticas de poesía y de artesanías asociadas. para la Inclusión de esta manifestación en la lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI) de los ámbitos departamentales y nacional, y se apruebe el Plan especial de Salvaguardia (PES) de acuerdo con las competencias constitucionales y legales del Ministerio de las Culturas, Artes y Saberes.
ART 3° Se autoriza incorporar en el Presupuesto General de la Nación y en el Plan Nacional de Desarrollo y/o impulsar a través nacional de cofinanciación lo dispuesto en la ley.
ART 5° El Gobierno Nacional impulsará y apoyará ante otras entidades públicas, privadas, nacionales e internacionales la obtención
ART 6°Declárese el 24 de mayo el Día Nacional del Joropo llanero y su género musical.
“Estoy orgulloso de este importante logro y seguro que, con el apoyo de todos los congresistas, nuestra identidad y tradiciones seguirán siendo reconocidas en Colombia y para el mundo”, finalizó Hugo Archila.
Gobierno Nacional
Gobierno Petro quiere tapar el hueco fiscal haciendo un hueco más grande

El Gobierno Nacional de Colombia ha emitido el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, mediante el cual se aumentan las tarifas de retención en la fuente para varios sectores económicos. Esta medida busca incrementar el recaudo tributario durante el año gravable 2025, lo que podría generarle al Gobierno Nacional recaudos por $13,9 billones, según Fedesarrollo.
SECTORES Y ACTIVIDADES AFECTADAS:
Sector agrícola y pecuario: café, cacao, tabaco, caña de azúcar, frutas, palma de aceite, plátano, arroz, hortalizas, ganado bovino, equino, ovino, caprino y aves de corral, peces.
Sector minero: extracción de carbón, petróleo, gas natural, oro, arena, piedra, arcilla y otros minerales.
Sector industrial: productos con procesamiento como panela, lácteos, harinas, aceites, grasas, chocolates, pastas, bebidas alcohólicas, textiles, artículos de cuero, calzado, plásticos, pinturas, jabones, detergentes, vidrio, llantas, cemento, hierro, equipos médicos, ópticos, fotográficos, eléctricos, electrodomésticos y vehículos.
Sector de servicios: transporte de carga, generación de energía eléctrica, comercialización de energía eléctrica, producción de gas, distribución de combustibles gaseosos por tuberías, captación, tratamiento y distribución de agua, evacuación y tratamiento de aguas residuales y recolección de desechos no peligrosos.

IMPACTO EN LA ECONOMÍA Y LOS CIUDADANOS:
El aumento en las tarifas de retención en la fuente podría generar un incremento en los costos logísticos de los productos, lo que podría llevar a una mayor inflación y afectar al consumidor final.
Los trabajadores independientes y pequeños empresarios también se verán afectados por el aumento en las tarifas de retención en la fuente.
Algunos expertos consideran que esta medida es una “reforma tributaria encubierta” que podría generar problemas de caja en las empresas y afectar la inversión y el empleo.
REACCIONES POLÍTICAS:
El expresidente Álvaro Uribe ha criticado la medida, afirmando que “el decreto para anticipar 7 billones de pesos en impuestos es otra indicación que el Gobierno quiere el exterminio del sector privado”.
El precandidato presidencial David Luna ha anunciado que interpondrá una demanda ante el Consejo de Estado solicitando la suspensión inmediata del decreto.
Otros políticos y gremios también han expresado su rechazo a la medida, argumentando que podría afectar la economía y el empleo.
Gobierno Nacional
Parteras y parteros en Nariño y autoridades indígenas del Amazonas, Magdalena y La Guajira podrán certificar nacimientos

* La autorización fue otorgada por la Registraduría Nacional y el DANE, atendiendo la necesidad de estas comunidades de contar con un mecanismo para certificar los nacimientos.
* “Mediante estas autorizaciones eliminamos las barreras que se presentan para la inscripción de los nacimientos en el registro civil”: directora nacional de Registro Civil, María Cristina Manzano.
La Registraduría Nacional del Estado Civil y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), mediante las circulares conjuntas 001, 002 y 003 de 2025, autorizaron a parteras y parteros en algunos municipios de Nariño, así como a autoridades indígenas de ciertas comunidades del Amazonas, Magdalena y La Guajira para certificar los nacimientos ocurridos en sus territorios.
Esta decisión tiene como objetivo continuar garantizando el derecho a la identidad de personas pertenecientes a grupos étnicos, salvaguardar los saberes ancestrales asociados a la partería afro del Pacífico y reconocer la autonomía de los pueblos y comunidades indígenas del país.
En Nariño, las parteras y los parteros inscritos en la Asociación de Parteras La Cigüeña, de las veredas y comunidades de los municipios de Tumaco, La Tola, Barbacoas, Santa Bárbara de Iscuandé y El Charco, podrán certificar los nacimientos que atiendan utilizando el formato de notificación de nacimiento para personas pertenecientes a grupos étnicos, expedido por el DANE con fines estadísticos y registrales.
En Amazonas, la autorización fue otorgada a las autoridades indígenas de las comunidades adscritas al Consejo Indígena Territorio Mirití Amazonas (CITMA): Santa Isabel, Jariyé, Mamura, Bellavista, Puerto Libre, Wakaya, Puerto Guayabo, Puerto Nuevo, Oiyacá, Puerto Castaño, Villanueva, Quebrada Negra y Puerto Lago, habitadas por las etnias indígenas yukuna, matapi, tikuna, letuama, tanimuka, makuna cabillari y yauna.
Asimismo, las autoridades indígenas de la Organización Indígena Wiwa Golkushe Tayrona, de los departamentos de Magdalena y La Guajira, podrán certificar los nacimientos que tengan lugar en la comunidad a través del mencionado formato. Este documento acredita el nacimiento de una persona viva y sirve como antecedente para la inscripción en el registro civil durante los dos años siguientes al hecho.
“Mediante estas autorizaciones otorgadas por la Registraduría Nacional y el DANE, atendemos la necesidad de estas comunidades de contar con un mecanismo para certificar los hechos vitales que allí ocurren y eliminamos las barreras que se presentan para la inscripción de los nacimientos en el registro civil.
De esta manera, estas poblaciones podrán acceder a sus derechos fundamentales y a los servicios sociales del Estado”, afirmó la directora nacional de Registro Civil, María Cristina Manzano.
La Registraduría Nacional del Estado Civil continuará adelantando todas las acciones necesarias para garantizar el derecho a la identidad de las comunidades étnicas, en especial de aquellas que habitan en los territorios más apartados del país y que enfrentan mayores dificultades para acceder a los servicios de registro civil e identificación.
Gobierno Nacional
Colombia inicia distribución de más de cinco millones de vacunas contra la influenza estacional

El Ministerio de Salud y Protección Social dio inicio el lunes 21 de abril a la distribución de dosis de la vacuna contra la influenza estacional. Las dosis pediátricas y para adultos serán entregadas a lo largo del territorio nacional como parte de la estrategia anual de protección contra enfermedades respiratorias causadas por los virus de influenza.
La distribución se realiza a través del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI), que lidera las acciones del país en la prevención de enfermedades transmisibles. Esta medida toma especial relevancia ante la llegada de la temporada de alta circulación de virus respiratorios y el incremento de brotes en la región.
“La vacunación es una de las herramientas más efectivas para proteger la vida y la salud pública. Con esta vacuna buscamos llegar a toda la población y fortalecer la cultura del cuidado en cada rincón del país” afirmó el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo.
La influenza es una enfermedad estacional, es decir, que ocurre en una estación específica del año. La Organización Mundial de la Salud (OMS) monitorea continuamente la influenza para identificar las cepas del virus que circulan durante el año en cada hemisferio (sur y norte). Con esta información, se desarrolla una nueva vacuna cada año para proteger contra los virus de la influenza que puedan causar la enfermedad.
¿Quiénes pueden vacunarse contra la influenza?
La vacuna estacional está dirigida a los siguientes grupos priorizados:
- Niñas y niños entre 6 y 23 meses de edad.
- Personas mayores de 36 meses con enfermedades de riesgo.
- Convivientes de menores de 18 años con cáncer.
- Gestantes a partir de la semana 14 de embarazo.
- Adultos mayores de 60 años.
- Talento humano en salud.
La vacunación en Colombia es gratuita, segura y sin restricciones. Solo se requiere acudir con el carné al punto más cercano y el personal de salud se encargará del resto
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