Noticias Nacionales
Campaña contra la trata de personas y la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes
De acuerdo con cifras de la Policía Nacional, en 2023 se registraron más de 1490 casos de explotación sexual, de los cuales el 80% de las víctimas son niñas y adolescentes, y el 86% de las conductas delictivas ocurrieron en entornos virtuales.
El Defensor del Pueblo asegura que es deber de las autoridades estatales brindarles asistencia inmediata a las víctimas, con el fin de restablecerles sus derechos. También dijo que es clave el rol de la sociedad, para que entre todos aúnen esfuerzos en la prevención de esos delitos.
El Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, presentó la campaña ‘La explotación sí existe, que no se nos vuelva paisaje’, la cual busca visibilizar y desnaturalizar las dinámicas de explotación sexual y trata de niñas, niños y mujeres en Colombia.

“La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes y la trata de personas son delitos que no solo tienen consecuencias en su bienestar físico, social, emocional, psicológico, lo que afecta su desarrollo integral y proyecto de vida, sino que también tiene efectos en el tejido social que los rodea. Es importante abordar los impactos que tiene la violencia sexual en el derecho a la vida desde la visión de que se arrebate la vida misma, así mismo, desde los obstáculos que estos hechos implican para la construcción del proyecto de vida”, aseguró el Defensor del Pueblo desde Medellín.
Camargo Assis explicó que la campaña va dirigida a la sociedad colombiana en general, a las posibles víctimas, pero también a las y los responsables de la explotación.
“Es imperativo que las posibles víctimas y las víctimas reciban información precisa sobre sus derechos, y además, que los responsables y las redes de tráfico tengan claras las consecuencias penales de sus actos. La campaña pretende prevenir la comisión de estos delitos y obrar como un llamado a la justicia para el restablecimiento de los derechos de las víctimas”, manifestó el Defensor del Pueblo de los colombianos.
Vale destacar que en lo corrido de 2024, la Defensoría, a través de las Duplas de Género, ha atendido 79 casos de trata de personas, de los cuales el 62% corresponde a la finalidad de explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes. La campaña nace a partir de los seguimientos de casos registrados en la App Contigo, aplicación creada por la entidad para el registro y atención de casos de violencia contra mujeres y género.
“Hoy, a través de la creación de la interfaz de infancia y adolescencia en la App Contigo, podremos continuar trabajando en las acciones necesarias para la atención de casos que permitan alertar y prevenir vulneraciones de derechos como lo son la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes”, explicó el Defensor del Pueblo.
Es clave el trabajo articulado
Agregó Carlos Camargo Assis que es deber de todas las autoridades estatales brindarles asistencia inmediata a las víctimas, con el fin de que les sean restablecidos sus derechos: “Y la sociedad debe aunar esfuerzos para la prevención de estos delitos, de manera que les hacemos un llamado a las instituciones y la sociedad para que consoliden acciones y amplíen la mirada en la explotación sexual comercial de menores de edad, focalizando iniciativas que permitan identificar a las y los explotadores”, afirmó el Defensor del Pueblo.
Camargo Assis también le pidió al sector justicia actualizar la ruta de atención con enfoque en las víctimas de ese tipo de explotación, para que sean tenidas en cuenta las particularidades de ese delito y las afectaciones diferenciales que de él se derivan, y así adaptar las acciones de reparación y restablecimiento de derechos.
Les solicitó, además, a las instituciones del Estado, particularmente al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a que en el marco de la secretaría técnica que ejerce del Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por razones de Sexo y Género de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, se lleven a cabo acciones de formación sobre la identificación, atención y prevención de la explotación sexual comercial de menores de edad.
Al sector privado, particularmente al de viajes y turismo, lo exhortó a aumentar sus esfuerzos para que identifiquen cuándo se está ante una posible situación del delito, y alerte a las autoridades competentes de manera oportuna. Evitar un daño irreversible para la infancia es el propósito.
Explotación sexual en cifras
De acuerdo con cifras de la Policía Nacional, en 2023 se registraron 1493 casos de explotación sexual, de los cuales el 80% de las víctimas son niñas y adolescentes, y el 86% de las conductas delictivas ocurrieron en entornos virtuales.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar da cuenta de que entre el 2019 y 2023 registró más de 1700 ingresos de niñas, niños y adolescentes a Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos por motivos de explotación sexual comercial.
Las cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal indican que durante el 2023 se registraron 23612 exámenes medicolegales por presunto abuso sexual, de los cuales 13397 fueron practicados a niñas, niños y adolescentes entre los 10 y 17 años, es decir, el 57% del total de los exámenes realizados. De estos, 180 se relacionan como circunstancia del hecho en las conductas de pornografía, explotación sexual y comercial, presunta explotación sexual, presunta esclavitud sexual o prostitución forzada y presunta trata de personas con fines de explotación sexual.
“La explotación sexual existe, por lo que no se puede volver paisaje para la sociedad colombiana. Debemos identificarla, denunciarla y combatirla”, concluyó el Defensor del Pueblo.
Noticias Nacionales
La Corte exhorta a que la Policía Nacional reconozca sin dilaciones las pensiones de sobrevivientes a hijos en condición de discapacidad
La Sala Segunda de Revisión estudió la acción de tutela de Felipe, una persona en condición de discapacidad visual desde que contaba 27 años de edad y quien, tras el fallecimiento de su padre, solicitó la sustitución pensional, sin que la Policía Nacional accediera a su otorgamiento, por considerar que carecía de las pruebas para demostrar su condición de invalidez, entre ellas el dictamen de la Junta Médica de esa institución, y por entender que no era posible realizársela por no ser beneficiario de esta.
Felipe consideró que las accionadas vulneraban sus derechos al impedirle acceder efectivamente a dicha calificación, pese a que contaba con un dictamen de una Junta Regional de Calificación de Invalidez, lo que le impedía el disfrute de la pensión que en vida le fue otorgada a su padre, quien velaba por su apoyo económico y emocional. En su criterio, las barreras administrativas que le fueron impuestas lesionaban injustamente sus garantías constitucionales, entre ellas al mínimo vital, al debido proceso y a la seguridad social.
La Sala Segunda de Revisión, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y por los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, protegió los derechos a la seguridad social, al mínimo vital y al debido proceso administrativo de Felipe.
Al efecto recordó que el hijo inválido que reclame la sustitución de una pensión reconocida por la Policía Nacional sólo debe acreditar
- el parentesco con el causante
- la situación de invalidez anterior a la fecha del fallecimiento de aquel
- su dependencia económica
En criterio de la Sala, la Unidad Prestadora de Salud de la Policía Nacional no debió negarse a realizar la calificación de la pérdida de la capacidad laboral a partir de las normas que regulan la calidad de beneficiarios del subsistema de salud, pues el subsistema pensional de los miembros de la Policía Nacional no impide que los eventuales beneficiarios de la sustitución pensional soliciten dicha calificación después de superar los 25 años.
También la Sala de Revisión consideró que el Grupo de Pensiones de la Policía Nacional no debió negarse al reconocimiento pensional y que le correspondía acoger el dictamen de pérdida de capacidad laboral expedido por una junta regional de calificación de invalidez, aportado por Felipe, pues los dictámenes de la Junta Médica de aquella institución no son una prueba solemne ni única para el efecto.
Además, la Sala de Revisión estimó que las pruebas obrantes en el expediente acreditaban el parentesco entre Felipe y su padre, que la patología fue anterior a su muerte y que dependía económicamente de este. En consecuencia, la Corte le ordenó a una de las accionadas reconocer la sustitución pensional a favor de Felipe, incluyendo el pago del retroactivo, con la respectiva inclusión en nómina.
La Corte exhortó a la Policía Nacional a que, para los efectos de las solicitudes pensionales por parte de los posibles beneficiarios de prestaciones de sustitución que señala el artículo 11 del Decreto 4433 de 2004, tenga en cuenta la calificación de invalidez realizada con fundamento en las normas del Sistema de Seguridad Social Integral que regulan la determinación de dicho estado. Asimismo, le indicó que no puede rechazar una solicitud de valoración de pérdida de capacidad laboral bajo el argumento de que la fecha de estructuración de la invalidez debe ser anterior a los 25 años de edad del solicitante.
Sentencia T-451 de 2025
M.P. Juan Carlos Cortés González
Noticias Nacionales
¿Por qué el 15 de enero es la fecha clave de SINIGAN V6?
En los últimos días, productores y ganaderos han recibido información sobre el registro en SINIGAN V6 y la fecha del 15 de enero. Desde el sistema, es importante aclarar con precisión qué representa esta fecha y por qué es fundamental actuar oportunamente.
Es importante señalar que, después del 15 de enero, los productores y transportadores podrán continuar registrándose en SINIGAN V6. No obstante, esta fecha marca el cierre de la etapa de registro prioritario, un periodo clave para garantizar que la información de los predios y los datos de vacunación migren de manera más rápida, ordenada y oportuna al nuevo sistema.
A partir del 15 de enero iniciará la etapa de validación de predios. Durante esta fase, los productores y ganaderos podrán consultar en el sistema cuáles son los predios que tienen cargados y asociados a su información, datos que alimentan directamente el ciclo de vacunación. Es importante precisar que únicamente en el caso de que un predio previamente registrado no aparezca reflejado en la plataforma, el productor deberá acercarse a la oficina más cercana del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) para realizar la verificación correspondiente. Fuera de esta situación puntual, no es necesario acudir a las oficinas, ya que el proceso se gestiona directamente a través del sistema.
SINIGAN V6 representa un avance significativo en la gestión de la información ganadera del país. Esta nueva versión fue desarrollada para ofrecer una plataforma más intuitiva, ágil y eficiente, que simplifica los procesos administrativos y mejora la experiencia de los usuarios. Entre sus principales beneficios se destacan la actualización en tiempo real de la información de los predios, una mayor estabilidad del sistema y la optimización de los tiempos de respuesta en trámites clave para el sector.
Realizar el registro durante esta etapa prioritaria facilita los procesos posteriores, permite contar con información actualizada y contribuye a que los trámites se desarrollen con mayor agilidad y eficiencia, tanto para los usuarios como para las entidades responsables de la gestión sanitaria y productiva del país.
Por esta razón, se invita a los productores y ganaderos a realizar su registro en SINIGAN V6 lo antes posible. Hacerlo a tiempo no solo beneficia al productor de manera individual, sino que fortalece el funcionamiento del sistema en su conjunto, al garantizar datos confiables y procesos más fluidos para todos los actores del sector.
SINIGAN V6 fue diseñado para ser un sistema más fácil, más rápido y más eficiente, pensado para acompañar al sector agropecuario con herramientas que respondan a sus necesidades y aporten a una mejor gestión de la información ganadera en Colombia.

Noticias Nacionales
Ecopetrol fortalece la producción láctea en la vereda Manoguía de Aguazul
Ecopetrol entregó equipamiento para fortalecer la producción artesanal de lácteos en la vereda Manoguía del municipio de Aguazul, beneficiando a 22 productores ganaderos que desarrollan esta actividad a escala familiar.

La dotación incluyó 330 elementos, entre ellos: baldes de ordeño, calderos, cantinas lecheras, coladores, utensilios en acero inoxidables y mesones de trabajo; los cuales permiten mejorar los procesos de transformación, higiene e inocuidad de los productos lácteos.
Para Wilmar Cuevas, presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda Manoguía, el proyecto es una oportunidad de transformación productiva: “Hoy estamos contentos: la comunidad, los finqueros, este es un proyecto para mejorar la calidad de vida de la gente. Es como cambiar el chip petrolero por el sector agropecuario”.

Esta entrega hace parte del proyecto “Soluciones integrales ganaderas en la vereda Manoguía del municipio de Aguazul del departamento de Casanare, como parte del Programa en Beneficio de las Comunidades (PBC) de Ecopetrol 2021- 2022, convenio de exploración y producción de hidrocarburos Área Santiago de las Atalayas”, que contempla una inversión de $682 millones.
“El objetivo es fortalecer la producción ganadera familiar y generar valor agregado en el territorio, a través de acompañamiento técnico, formación y dotación adecuada”, señaló Jorge Martín Camargo, jefe Territorial Ambiental de Ecopetrol para Casanare.
El proyecto se ejecuta mediante un acuerdo de cooperación con la Asociación de Municipios del Meta (Asmeta) e incluye acompañamiento técnico, fortalecimiento de capacidades productivas, entrega de insumos, transferencia de conocimientos y mejora genética para incrementar la calidad y producción de leche en sistemas ganaderos familiares.
Con el avance de estas iniciativas, Ecopetrol reafirma su compromiso con el desarrollo rural y el bienestar de las comunidades del área de influencia de sus operaciones.
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